Carta Abierta a los Honorables Magistrados de la Corte Suprema de Justicia
Panamá 28 de enero de 2015
Señores Magistrados:
La Corte Suprema de Justica si bien aceptó investigar a Martinelli por el caso del PAN, también decidió excluir a quienes somos ciudadanos comunes como parte de la causa. La razón que se utilizó fue que el Profesor Jované no es víctima.
Se trata de una razón que en mi formación de ciudadano, docente y economista me parece carente de sentido. Es por esto que, pensando en la necesidad de defender y consolidar el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a actuar libremente en defensa del bien común he decidido redactar la presente carta, haciéndola, además, pública, con el fin de que sirva al debate de los temas aquí expuestos.
Dado, entonces, que la lesión patrimonial que se está investigando se refiere a fondos públicos, me llevan a realizar las siguientes reflexiones:
1. Según las estadísticas oficiales los panameños pagamos, en el 2013 para tomar un ejemplo, 7.5 miles de millones de balboas en impuestos. Es evidente, que en la medida que esos fondos sean objeto de peculados o cualquier tipo de rapiña nos hace a todos y todas víctimas de dichos delitos. Creo que Uds. compartirán conmigo la idea de que los ciudadanos no pagamos impuestos para que estos sean objeto de robo.
2. Es conocido el hecho de que el principal activo de los panameños es el Canal de Panamá y que, de acuerdo a la información disponible, los aportes del mismo al fisco superan los mil millones de balboas anuales. Es lógico, entonces, concluir que cualquier forma de rapiña contra los fondos públicos, esto es cualquier forma de uso corrupto de los mismos, está perjudicando a todos los panameños que, a final de cuentas, son los verdaderos dueños de la obra interoceánica. ¿No les parece a Uds. que esta es la antítesis del objetivo de lograr el uso más social posible de la reversión, lo cual nos hace victimas a todos los ciudadanos y a todas las ciudadanas?
3. Un problema grave de nuestra economía es que la deuda pública ha mostrado un crecimiento vertiginoso, que la llevó a pasar de 10,972.3 millones al finalizar el 2009 hasta 18,260 millones de balboas al finalizar el 2014, esto sin contar la deuda referida a los contratos llave en mano, la deuda de ETESA, la de ENA, la del Aeropuerto de Tocumen y la que guarda relación con la ampliación del Canal de Panamá. En este contexto cualquier mala utilización de los fondos públicos en un país cuyo déficit lo obliga a endeudarse genera una doble victimización de todos los panameños: no solo habríamos perdido el dinero producto de la malversación de los fondos públicos, sino que adicionalmente tendríamos que pagar esa deuda. ¿No somos todos y todas víctimas de esta situación, incluyendo a las futuras generaciones que heredarán la deuda pública?
4. Bien conocido es, por otra parte, el hecho de que los delitos contra el patrimonio público encarecen los servicios y las obras públicas. De eso se trata el sobre costo. En ese sentido no son pocos los economistas que consideran la corrupción como una especie de impuesto perverso, el cual evita que gocemos, en forma de servicios y obras públicas de una buena parte de los gastos públicos. ¿Cómo nos podemos calificar quienes sufrimos de esta situación si es que se nos está vedado reconocernos como víctimas?
5. Un hecho conocido en la economía es que la corrupción, en la medida que eleva el costo de hacer transacciones en un determinado mercado encarece lo que, en un lenguaje excesivamente diplomático, llamamos costos de transacción e incertidumbre, lo que termina afectando, más temprano que tarde, los niveles de inversión, crecimiento y empleo. Por muchos años he tenido la suerte de dar clases de Principios de Economía en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá, intentado transmitir esta idea básica a mis estudiantes, tratando de hacer claro que la corrupción afecta gravemente a todos los ciudadanos del país, haciéndolos víctimas de una situación indeseable. Se trata a mi juicio de uno de los puntos donde más claramente se sintetiza el conocimiento del derecho y de la economía.
6. Además, existen costos que difícilmente se pueden cuantificar pero que son reales. Entre estos estaría preguntarse cuánto vale para cada ciudadano honesto el desprestigio que se puede sentir en relación a la imagen que la corrupción generalizada proyecta hacia el exterior. Si el bienestar, como argumentan los economistas, está vinculado con la satisfacción que se puede experimentar frente a determinados bienes, servicios o hechos circundantes, entonces estamos frente a un costo real. Es peligroso no reconocer este tipo de costo dado que los mismos no tienen una manifestación en el mercado, ya que esto llevaría a desconocer otros que son tan importantes como el aquí mencionado, tal y como son los servicios ambientales.
7. Tengo una profunda preocupación por lo que la decisión que han tomado pueda tener en el futuro en torno a los conflictos ecológicos, donde se reconocen intereses tan difusos como son los relacionados con el servicio ecológico de existencia, el que se refiere al derecho que tiene todo ciudadano o ciudadana a tener la satisfacción de que un activo ecológico siga existiendo, aún cuando no les toque gozarlo directamente. No me queda duda que los honorables magistrados conocen a cabalidad el importante papel que jugó este elemento en el caso del Exxon Valdez.
A final de cuentas sigo sin entender por qué no puedo sentirme victimizado, junto al resto de los ciudadanos del país por los actos de corrupción que como ciudadano responsable me sentí obligado a querellar. Por eso acudo a Uds. - descartando la hipótesis de que se trató de una simple decisión política – para que me ilustren sobre las causas concretas que sustentan la decisión que tuvieron a bien tomar, la cual me parece que afecta los verdaderos derechos éticos de todos los ciudadanos, confinándolos a un rol pasivo en la lucha contra la corrupción.
Agradeciéndoles su atención, quedo de Ud.
Atentamente,
Juan Jované
Ced: 3-46-269
La decisión de excluirnos del proceso por "no ser victimas", es contrario también a la Convención de Naciones Unidas contra la corrupción, en su Art 13:
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