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La semana después del "control de precio"

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                         Juan Jované, activista social, economista, miembro del MIREN


A tan solo una semana de la aplicación de la política de “control de precios de emergencia” del actual gobierno es posible establecer que la misma, dado su diseño y forma de aplicación, dista mucho de ser una efectiva respuesta a los problemas de la población generados por las actividades especulativas.

Si se observa la medida desde el punto cuantitativo se puede concluir que la misma resulta claramente insuficiente. En efecto, tomando como referencia el índice de precios al consumidor del INEC, se puede establecer que los productos alimenticios supuestamente regulados, abarcan apenas al 9.8 por ciento del gasto mensual en consumo de una típica familia panameña. Más aún, teniendo en cuenta que de acuerdo al INEC las unidades familiares dirigen cerca del 32.1% de sus gastos de consumo al grupo de los alimentos y bebidas, queda clara la incapacidad del la medida gubernamental para reducir significativamente tanto el costo de vida en general, como el de la canasta básica alimenticia en particular. Esto último queda evidenciado si se tiene en cuenta que el actual gobierno, utilizando la ficción de los precios observados, dejó fuera del control precios a productos tan importantes como los siguientes: aceite vegetal, leche fresca, azúcar, plátanos y sal. Además la escasa preocupación del gobierno por la calidad de los productos se refleja en el hecho que para el 41.0% de los productos regulados los comerciantes están autorizados a ofrecer solo la marca de peor calidad.

Vista en su temporalidad la medida resulta inconsistente, ya que la misma entiende que emergencia no expresa urgencia, si no que significa aplicación limitada a un plazo tan corto como lo son seis meses, tiempo que resulta insuficiente para remover la verdadera causa del problema: las barreras económicas y financieras que generan las condiciones de especulación. En este aspecto el gobierno está claramente incumpliendo la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, la cual obliga a presentar un plan para eliminar estas barreras. De acuerdo a esta Ley: “junto a la regulación el Órgano Ejecutivo adoptará las medidas que se requieran para eliminar las imperfecciones de mercado”.

En el plano del diseño y la aplicación la medida resulta incoherente. Esto se evidencia en la ausencia de una efectiva obligación legal de los expendedores de vender los productos incluidos en la política de “control de precios de emergencia”, hecho que fue confirmado recientemente por la más alta autoridad de Acodeco. Así mismo, resulta incoherente que el Decreto 165 no haya asegurado un precio de venta adecuado para los productores agropecuarios, dejándolos a merced de los comerciantes especuladores.

En definitiva nos encontramos frente a una política insuficiente, inconsistente e incoherente, pensada más mediáticamente que en términos de justicia y equidad social. Probablemente también diseñada a fin de desviar la atención sobre la inminente elevación del precio de la electricidad.
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Juan Jované, activista, economista, miembro del MIREN


Para quienes propusimos un verdadero proceso de regulación de precios que, junto a un incremento general de salarios y el definitivo desmantelamiento del poder especulador de los oligopolios enquistados en la cadena de abastecimiento de los bienes alimenticios básicos, el Decreto Ejecutivo 165 de 1 de julio de 2014 no puede menos que ser interpretado como una maniobra mediática. Su objetivo sería intentar salvar la cara del nuevo mandatario en relación con sus promesas de campaña, a la vez que aleja la real posibilidad de introducir una forma institucional capaz de proteger efectivamente a la población frente a los poderes oligopólicos.

El primer problema del Decreto bajo análisis está en su temporalidad. Mientras que en el plan de gobierno de la Alianza el Pueblo Primero se proponían “controles de precios de emergencia”, en la realidad se optó, con la finalidad de hacer más potable la medida para los sectores económicamente dominantes, por un control temporal, el cual en el mejor de los casos estaría vigente por seis meses y existe, además, la posibilidad de una revisión al alza a partir del segundo mes de vigencia de dicho decreto. Teniendo en cuenta que la especulación se basa en una estructura de mercado concentrada, que como sabe cualquiera que haya estudiado el curso de Economía 100a, se sostiene en buena parte en la presencia de economías de escala y la diferenciación de los productos, se entiende fácilmente que el cambio estructural precisaría un periodo más largo que el propuesto, así como una acción decidida del Gobierno de participar en el proceso de distribución de los productos.

En segundo lugar, el Decreto Ejecutivo deja conscientemente por fuera veintiocho importantes productos de la canasta básica, entre los que se encuentran, entre otros, el aceite vegetal, el azúcar y el café. En estos productos, de acuerdo al artículo 8, los comerciantes especuladores solo tendrán que notificar a la Acodeco con cinco días de anticipación su decisión de elevar los precios. ¡Crónica de una especulación anunciada!

En tercer lugar, para los veintidós artículos objeto de fijación de precios,
existen nueve productos en los que la especulación sigue siendo muy posible, gracias a lo que los economistas llaman discriminación de precios, la que opera asignando precios diferentes a un mismo bien acorde a distintos parámetros, lo cual sirve para maximizar espuriamente los beneficios de las empresas. En efecto, el artículo 2 del Decreto 165 solo obliga a las empresas que vendan estos productos a que solo una marca de los mismos, que bien puede ser la de peor calidad y más aborrecida por los consumidores, sea ofertada al precio máximo fijado, las otras marcas podrán ser vendidas a precios que tendrán, según el caso, entre el 10% y el 15% de margen de comercialización “calculado sobre el precio de costo para el minorista” (sic). En este contexto los mayoristas, por ejemplo los importadores, que también pueden ser abastecedores minoristas, mantienen en la práctica su capacidad especulativa. ¡Crónica de la sobrefacturación anunciada!
En cuarto lugar, pese a que en el discurso inaugural el nuevo mandatario se comprometió frente a los productores agropecuarios a que se “les dará todo el respaldo que requieren, estabilidad de precios y de mercado para aumentar nuestra producción de alimentos y garantizar nuestra seguridad alimentaria”, lo cierto es que el Decreto 165 dista mucho de avalar esta promesa. Esto es claro si se observa que para los trece productos en los que los precios máximos simplemente se fijan, tales como el arroz y otros, no existe ninguna indicación de cuál debe ser el precio al productor. En estas condiciones se trata de una situación en la que el poder de monopsonio, es decir de dominio del mercado que tienen los intermediarios sobre la cadena, le permitirá a los especuladores trasladar cualquier efecto de baja de precios hacia los productores. ¡Crónica de la desaparición anunciada del productor agropecuario!

En quinto lugar, llama la atención cómo el Decreto 165 enmascara el interés de hacer la supuesta regulación de la forma más liviana posible. Así, por ejemplo, la única forma en que el pollo tiene precio regulado es en su presentación: pollo entero con patas y cabeza. No menos llamativa es la situación en la que se elimina de la Comisión de Ajuste a cualquier representación de los consumidores y los trabajadores del país. A final de cuentas estamos frente a una institución perversa, que lejos de apoyar sus objetivos declarados, los niega. La lucha por reducir el alto costo de la canasta básica seguirá siendo un objetivo.
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